GASES REFRIGERANTES

Encuentra todo lo relacionado con los gases para tus proyectos de climatización.

ENVASES RECARGABLES Y VACIOS

BOTELLAS RECARGABLES DE REFRIGERANTES

Responden a todos los requisitos de la ley.

  • Marcado ∏ del recipiente (Directiva Europea 1999/36/CE)
  • Marcado CE de la válvula y la válvula de seguridad (Directiva Europea 199/36/CE)
  • Protección de válvula y válvula de seguridad mediante collar (Directiva Europea 1999/36/CE)
  • Envase de acero (EN13322-1)
  • Conexiones de válvula 17E (ENSO11116-1) / 25E (EN629-1)
Código Descripción Precio
05003017
Botella 6 kg. para gas refrigerante
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05052011
Botella 14 kg. para gas refrigerante
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05052012
Botella 60 kg. para gas refrigerante
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GASES REFRIGERANTES

Gas

GASES REFRIGERANTES PARA INSTALACIONES FRIGORÍFICAS

Código Descripción Precio
Kg. gas refrigerante R410A
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Kg. gas refrigerante R32
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Kg. gas refrigerante R134a
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Kg. gas refrigerante R407C
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Kg. gas refrigerante R427A
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Kg. gas refrigerante R404a
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ACCESORIOS

reducciones_botellas

REDUCCIONES PARA BOTELLAS

Código Descripción Precio
05055009
Reducción para botellas de freón 1/4” SAE Mod. 816/2
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05055011
Reducción para botellas de freón 3/8” SAE Mod. 816/6
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05055022
Reducción para botellas de freón 5/16” SAE Mod. 816/5
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05055016
Reducción para botellas de freón con junta 1/4” SAE H x 3/8” SAE M Mod. 404/6
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05055048
Reducción para botellas de freón con junta 1/4” SAE H x 5/16” SAE M Mod. 404/5
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REACONDICIONAMIENTO

retimbrado

RETIMBRADO DE BOTELLAS

  • Toda botella caducada, sin excepción, será retimbrada y sufragado el coste por parte del cliente.
  • No se retimbrarán botellas que no cumplan con los mínimos requisitos según la norma UNE-EN 1803 (abolladuras, grietas, cortes, quemaduras, corrosión…fuera de los límites
    máximos, soldaduras posteriores a su fabricación…)
  • Sólo se podrán retimbrar botellas marcadas con el grabado Π (seguido de 4 dígitos) o Ԑ que indican que se fabricaron bajo una determinada norma o estándar.
  • Todas aquellas botellas que no posean estas marcas de fabricación, aparenten manipulación en su marcaje o número de serie, no podrán ser retimbradas. 
Código Descripción Precio
05003017
Retimbrado botella B15
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05003017
Retimbrado botella B30 y B60
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pintado_botellas

PINTADO DE BOTELLAS

  • De acuerdo con lo establecido en la Disposición transitoria sexta, del Real Decreto 2060/2008, las botellas y botellones  que utilizan los colores indicados en la ITC MIE AP-7 del Reglamento de aparatos a presión, aprobado por el Real Decreto 1244/1979, de 4 de abril, deberán adaptarse a los colores que se indican en la ITC EP-6 del Reglamento de equipos a presión.
  • En el artículo 4. Colores de identificación de la ITC-EP-6, se establece que los recipientes a presión, transportables  incluidos en el ámbito de aplicación de la citada ITC, se atendrán a lo indicado en la UNE EN 1089-3 (para gases inertes los recipientes se pintarán de verde intenso) y deberán identificarse con la letra ”N”, marcada dos veces en puntos diametralmente opuestos sobre la ojiva y con un color distinto a de la misma.
  • Les informamos que a partir del próximo 1 de Junio, siguiendo las directrices del RD 2060/2008, las botellas serán pintadas y el servicio será incluido en factura.
Código Descripción Precio
05003017
Pintado de botella
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cambio_valvula

CAMBIO DE VÁLVULA SIMPLE

Código Descripción Precio
05003017
Cambio de válvula simple botella B15 y B30
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05003017
Cambio de válvula simple botella B60
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RECICLAJE DE RESIDUOS

contrato_residuos

DOCUMENTO ACEPTACIÓN RESIDUOS

  • Según el Cap. III art 9 RD 795/2010 BOE nº 154 de 25/06/2012 las empresas manipuladoras de gases fluorados deben de contar con un contrato con un gestor de residuos autorizado que retire periódicamente de sus instalaciones los residuos de gas refrigerante recuperado de instalaciones, producidas en el normal ejercicio de su actividad.
  • Validez: 5 años
Código Descripción Precio
05003017
CONTRATO: Documento de aceptación de residuos DAR
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05003017
RENOVACIÓN: Documento aceptación de residuos
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botella_residuos

ENVASES PARA RESIDUOS

  • Botellas de color verde en el caso de gases
  • Responden a todos los requisitos de la ley
Código Descripción Precio
05003017
Botella B15-2V
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05003017
Botella B30
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05003017
Botella B60
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05003017
Botella B1000
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05003017
Garrafa para residuos de aceite (25 l.)
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gestion_residuos

GESTIÓN DE RESIDUOS

Código Descripción Precio
05003017
Documento de control y seguimiento
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05003017
Transporte retirada residuos. Kgs brutos (botella+residuos) Hay un mínimo de euros.
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05003017
Gestión gases refrigerados. Kgs brutos (botella+residuos)
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05003017
Gestión residuos aceite. Kgs brutos (botella+residuos)
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05003017
Limpieza de envases B15 y B30
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05003017
Limpieza de envases B60 y B1000
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05003017
Destrucción de envases usados
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LEGISLACIÓN VIGENTE

REGLAMENTO EUROPEO CE Nº 517/2014. 16 DE ABRIL DE 2014

Reglamento Europeo Aplicable a partir del 1 de Enero de 2015 el cual deroga a partir de la misma el Reglamento CE 842/2006. Regula:

  • Normativa sobre la contención, uso, recuperación y destrucción de gases fluorados de efecto invernadero.
  • Condiciones para la comercialización de productos y aparatos que contengan gases fluorados de efecto invernadero o cuyo funcionamiento dependa de ellos.
  • Establece condiciones a usos específicos de dichos gases y fija límites cuantitativos para su comercialización.

LEY 16/2013 (IGF). 29 DE OCTUBRE DE 2013

Ley Española aplicable a partir de 1 de Enero de 2014 que trata sobre el nuevo impuesto sobre Gases fluorados.

  • A partir del 1 de enero de 2014, de un gas refrigerante recuperado de una instalación, por el cual se habían pagado previamente impuestos, se podrá recuperar el impuesto correspondiente a ese producto si es entregado a un Gestor de Residuos autorizado.
  • Exención cambio refrigerante: En un cambio de refrigerante, por cada kg. recuperado y entregado a Gestor de Residuos autorizado, el cliente estará exento de impuesto por la misma cantidad del producto nuevo cargado. La empresa que aplique la exención deberá conservar el certificado del gestor de Residuos donde se indique la cantidad recuperada así como la factura de la cantidad de kg. cargados en el equipo.

R.D. 795/2010, 16 DE JUNIO 2010

  • Reglamento Español que entró en vigor el 16 de Junio de 2010 y regula la comercialización y manipulación de gases fluorados y equipos basados en los mismos, así como la certificación de los profesionales que los utilizan.

REGLAMENTO EUROPEO CE Nº 1005/2009, 01 DE ENERO DE 2010

Reglamento Europeo aplicable a partir del 1 de Enero de 2010 y del cual deroga a partir de la misma fecha el Reglamento CE 2037/2000. Regula:

  • Prohibición de la utilización de HCFC vírgenes a partir del año 2010 así como la introducción en el mercado de equipos que los contengan.
  • Prohibición de la utilización de los HCFC reciclados/regenerados a partir del año 2015.
  • Prohibición de la emisión a la atmósfera de los CFC y HCFC, así como la obligatoriedad de su recuperación para su posterior regeneración o destrucción.

OBLIGACIONES LEGALES DE LAS EMPRESAS INSTALADORAS Y MANTENEDORAS

LOS DIFERENTES REGLAMENTOS EUROPEOS Y NACIONALES OBLIGAN A LA RECUPERACIÓN DE GASES REFRIGERANTES FLUORADOS DE EFECTO INVERNADERO

Cualquier empresa autorizada cuya actividad involucre la manipulación, utilización y recuperación de gases refrigerantes fluorados deberá cumplir con los siguientes requisitos:

  • Estar en posesión del DOCUMENTO DE ACEPTACIÓN O CONTRATO DE RESIDUOS con un Gestor de Residuos Autorizado.
  • Estar inscrito como PEQUEÑO PRODUCTOR DE RESIDUOS: Recomendamos consultar con su correspondiente Comunidad Autonóma.
  • Disponer de MÁQUINA DE RECUPERACIÓN para la recuperación del gas refrigerante de las instalaciones, y de BOTELLAS DE RECUPERACIÓN para almacenar los gases recuperados.
ciclo_residuos
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